Un nuevo hecho que deja en entredicho la actuación del senador sucreño del Partido de la U, Eduardo Merlano, quien se negó a practicarse una prueba de alcoholemia cuando fue abordado por agentes de tránsito en las calles de Barranquilla, quedó en evidencia, tras constatarse que efectivamente no tenía licencia de conducción, pues apenas le fue expedida ayer.
Según consta en la página Web del RUNT, el documento fue expedido y registrado por la Secretaría de Tránsito del municipio de Corozal en Sucre.
En las diferentes entrevistas concedidas a medios de comunicación Merlano aseguró que sí entregó este documento a los agentes que lo requirieron y lo ratificó a EL HERALDO: “presenté todos los documentos, cuando llegaron los superiores de los agentes que me pararon y les entregué toda la documentación”.
El congresista también negó que se le haya aplicado un comparendo, precisamente por no portar la licencia de conducción, lo cual tampoco se ajusta a la realidad, pues en la página de la Secretaría de Movilidad de Barranquilla aparece registrada la infracción.
Con respecto a la licencia, según la base de datos del RUNT, al ciudadano Eduardo Merlano, identificado con la cédula de ciudadanía 92.527.310, se le expidió ayer 16 de mayo la licencia número: 9347285, cuyo trámite arrancó en el Tránsito de Corozal el 21 de abril para la categoría B1. Los documentos de las pruebas médicas y de conducción, fueron subidos a la base el 23 de abril y la aprobación de la licencia aparece registrada el día de ayer.
No obstante, en entrevista concedida a EL HERALDO, el encargado del tránsito de esa población, Tarcisio Pérez Mercado, aseguró que esa dependencia “sí le había expedido su licencia de conducción al Senador”.
“Usted puede darse cuenta que todos los certificados aportados por Merlano llenan los requisitos y la expedición no aparecía en el registro del RUNT por error en la digitación de los datos en el sistema, por eso la demora, pero al Senador le entregamos su licencia hace rato y no entendemos porqué no la cargaba, eso es cuestión de él”, declaró el funcionario, quien insistió que dicha secretaría sí le entregó un documento al Senador, pero solo se limitó a decir que no aparecía en el registro del RUNT por “errores en la digitación y por falencias de migración en el mismo sistema”.
Funcionarios de tránsito y de otras entidades consultados por EL HERALDO confirmaron que una licencia de conducción solo se suministra al momento de ser aceptada en el RUNT, nunca antes. Se hace efectiva una vez se cumplan los pasos del procedimiento. De hecho, la expedición del documento como tal no demora más de un día, apenas es autorizada.
Pero el Secretario de Tránsito de Corozal, de quien hay que decir que fungió como secretario del Directorio departamental del Partido de la U, cuando el Senador era presidente del directorio de esa colectividad, insistió en que su antiguo jefe sí tenía en regla su licencia de conducción.
¿Otra mentira?. Sobre el asunto de la prueba de alcoholemia, el senador Merlano aseguró que los mismos uniformados que acudieron al lugar tras su llamado a la línea de emergencia de la Policía, es decir a los mismos que supuestamente les entregó sus “documentos”, fueron quienes le practicaron la prueba de alcoholemia y “constataron que no estaba embriagado”.
Sin embargo hasta ahora, ninguna autoridad médica ha presentado un registro donde conste que le fue realizada la prueba.
Tal declaración además contradice la tesis entregada por el comandante de la Policía Metropolitana de Barranquilla, general Óscar Pérez, quien señaló que “luego de que el senador Merlano se negara a realizarse la prueba de alcoholemia, más adelante los agentes de tránsito advierten que ocularmente no ofrece ningún peligro y que puede continuar conduciendo el vehículo”. Y ha insistido reiteradamente que “la prueba de alcoholemia no es obligatoria y las personas pueden rehusarse a hacerla”, lo que se ha interpretado como una clara justificación del comportamiento del congresista y desautorización a los hombres a su cargo.
El secretario de Movilidad, Jaime Pumarejo indicó que “creemos que no solo es obligatorio cumplir las órdenes o hacerse una prueba de alcoholemia, sino que cuando una ley ordena algo, se convierte en un mandato y en el nuevo Estatuto Penal se advierten las penas por no acatar las órdenes policiales”, añadió.
La autoridad debe actuar
La directora del Fondo de Prevención Vial, Alexandra Rojas Lopera, indicó que “si bien es cierto que se requiere el consentimiento del conductor para practicar pruebas de alcohol, también es cierto que las autoridades están facultadas para inmovilizar un vehículo bajo indicios razonables de que quien conduce representa un riesgo para la propia seguridad o la seguridad de otros”. Y agregó: “el negarse a dar dicho consentimiento no exime al conductor de la de la acción de las autoridades, porque el control es una forma de cuidado”.
Por Gala Marcela Peña A.
El Heraldo