Crece la invasión de vallas publicitarias ilegales en el Distrito
La proliferación de vallas publicitarias en las principales vías de la ciudad, en la parte céntrica y zonas residenciales, están altamente aumentando la contaminación visual en el Distrito de Santa Marta.
Propietarios de negocios, empresas, casas particulares, parqueos, etcétera, están utilizando las vallas publicitarias de gran dimensión dando un aspecto inquietante como una muestra más de que lo que impera hoy en día es el consumismo. También se ven dichas vallas alrededor de construcciones de edificios o en los techos de inmuebles, creando un panorama poco armonioso para los residentes en la capital del Magdalena.
Lo más delicado del tema, es que las autoridades responsables para impedir la proliferación ilegal de vallas publicitarias como Planeación y Dadma, conociendo a cabalidad las normas que regulan la publicidad visual exterior, hacen caso omiso e invaden sin ningún control previo y posterior, distintos lugares de la ciudad, autorizando permisos para la instalación de estos avisos.
Actualmente el Distrito ha sido indiferente a dicha problemática al no tomar las medidas conducentes a fin de que cesen las vulneraciones a los derechos colectivos invocados constantemente por ciudadanos a través de derechos de petición para eliminar de ciertos lugares las vallas publicitarias.
Lo cierto es que tanto Planeación Distrital como el Departamento Administrativo del Medio Ambiente -Dadma- están en mora de corregir las situaciones anómalas que se presentan en la ciudad en cuanto a la instalación de estos elementos visuales que se hacen sin ningún tipo de control.
Estas entidades deben asumir como autoridad territorial, una política acorde con el mandato constitucional, legal y administrativo, otorgando plazos para que se desmonten las vallas que no cumplen con todos los requisitos legales, técnicos y administrativos, como también a las empresas de publicidad para que procedan a desmontar las vallas de su propiedad que no cumplen estrictamente con los requisitos legales y administrativos que deben imperar en el distrito de Santa Marta.
En esta zona del país ha hecho carrera las campañas institucionales y comerciales en vallas ilegales.
Es altamente preocupante la proliferación ilegal de vallas publicitarias y carteles en la vía pública utilizando mobiliario urbano, postes y fachadas de edificios, incidiendo negativamente en la imagen de la ciudad.
Es evidente el descontrol que se ha producido en esta actividad y las autoridades y particulares se pasan por la faja lo regulado en el decreto No.663 de 2001, por el cual se adopta el reglamento instructivo del espacio público, el paisaje y la publicidad exterior visual en el distrito de Santa Marta- Ver recuadro-.
En la actualidad existen ciertas condiciones de publicidad y mobiliario aprobadas y adjudicadas a una empresa para mejorar y homologar la imagen de la ciudad, pero los permisos se siguen entregando por Planeación y el Dadma sin tener en cuenta lo contemplado en el mencionado decreto.
Qué dice la reglamentación
De acuerdo al artículo 250 del decreto No.663 de 2001 "Por el cual se adopta el reglamento instructivo del espacio público, el paisaje y la publicidad exterior visual en el distrito de Santa Marta", no se podrá ubicar vallas en:
* Áreas que constituyan espacio público.
* En la zona histórica, conforme las restricciones establecidas, en los edificios o sedes de entidades públicas, consulados y en las delegaciones diplomáticas y comerciales que se organicen en el centro histórico dentro del concepto 'Casa de las naciones'.
* En las zonas residenciales especiales o institucionales.
* En las zonas declaradas por el ente competente como reservas naturales y en las rondas hídricas y zonas de manejo y preservación ambiental, exceptuando las vallas de tipo institucional que informen sobre el cuidado de estas zonas, las cuales deberán ser armónicas con el objeto de esta normatividad.
* En los estadios o sitios dedicados a las prácticas deportivas no se podrá ubicar vallas que contengan mensajes alusivos a bebidas embriagantes o derivados del tabaco.
* Sobre los inmuebles ubicados en las siguientes vías: Avenida del Fundador, Avenida Santa Rita, Avenida del Libertador, carretera Santa Marta-El Rodadero, Avenida Circunvalar, Avenida del Río, Avenida de Los Estudiantes, Carrera 19, las calles del Centro Histórico y su zona de influencia, Avenida Bavaria, Avenida Hernández Pardo, Avenida Campo Serrano desde el puente sobre el Río Manzanares hasta la calle seis, carretera Santa Marta-Taganga, sobre los elementos naturales de los cerros, colinas y elevaciones naturales situadas en el entorno del paisaje urbano del Distrito de Santa Marta.
Fuente el informador
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